La Sección Primera de la Audiencia Provincial de León, especializada en asuntos de lo mercantil, ha planteado una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea en un procedimiento de los denominados asuntos del cártel de los fabricantes de camiones.La resolución del expediente antitrust - seguido contra determinados fabricantes de vehículos de automoción por la Comisión Europea - que estima la infracción de las normas de competencia de la Unión Europea mediante la adopción de acuerdos de intercambio de información es el origen de que un elevado número de afectados inicie procedimientos de reclamación de los perjuicios que se derivan del sobrecoste soportado por los compradores por las conductas ilícitas.En el primer procedimiento sobre la materia del que conoce la Audiencia Provincial de León, en el ejercicio de una acción de daños derivados de conducta anticompetitiva, la Sala ha decidido suspender las actuaciones y plantear una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la que pregunta sobre la aplicación al caso de la Directiva de Daños 2014/104/UE.La resolución de 12 de junio de 2020 plantea dudas sobre los plazos de prescripción aplicables a las acciones de reclamación de perjuicios y otras cuestiones que afectan a la prueba del daño, en concreto la aplicación de la denominada facultad de estimación judicial del daño que establece la Directiva.
Tendrá que pagar una multa de 150 euros por descuidar los cascos de las patas de su asno provocando que éstos crecieran hacia arriba de modo excesivo.El estado de abandono en que vivía el animal, de unos diez años, hizo que no pudiera caminar con normalidad, enganchándose los mismos con las patas al avanzar y causándole una inflamación de las rodillas de las patas delanteras.
El juicio se celebará entre los días 14 y 25 de septiembre en la Audiencia Provincial
Es una prueba que había solicitado la Fiscalía y que ha sido facilitada por el grupo funerario
Los hechos sucedieron en septiembre de 2016
Los hechos tuvieron lugar en 2017
Como Viriato fue la pesadilla de los romanos, Tomás del Bien se alza en un símil como la resistencia al PSOE destacando que “hasta el final a muerte” pues este aliento de la gente le obliga a luchar hasta el final: “no pararé hasta que se demuestre que lo que está ocurriendo es claro: una venganza personal, una persecución a mi persona empujada no sé en base a qué, un atentado claro a las libertades más elementales de nuestra democracia, y una discriminación respecto a otros casos iguales ante los cuales el PSOE no ha hecho nada.
El acusado por su parte ha negado todos los hechos mientras la joven ha asegurado que decidió denunciar meses después, en marzo de 2018, porque el acusado la había amenazado incluso con matarla si lo contaba.NOTICIASCYL SALAMANCA ampliará esta información.
Los tres hermanos Alejandro, Miguel Ángel y Patricio Llorente Muñoz,, del Grupo Collosa e investigados en la denominada 'trama eólica', han presentado escrito al titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Valladolid en el que solicitan ser apartados de la causa al no existir, a su juicio, indicios de criminalidad en su actuación.Los recurrentes, según el escrito al que ha tenido acceso Europa Press, entienden que "no concurre, ni siquiera a título indiciario, participación o ejecución de conducta alguna penalmente reprochable", al tiempo que advierten de la prescripción del delito continuado de prevaricación que se les imputa, al haber transcurrido más de diez años entre las autorizaciones administrativas de los parques y la presentación de la querella contra los investigados.Asimismo, y respecto del delito continuado de cohecho, los letrados de los hermanos Llorente sostienen que "no consta indiciariamente acreditado ni puede constar, porque no se ha producido, la entrega o recepción de dádiva alguna por su parte, ni que hayan ofrecido nada a ningún funcionario o autoridad ni hayan accedido a ninguna petición de ellos", de ahí que la imputación de este delito resulte "puramente especulativa" y no existe acto que pueda servir siquiera de referencia para llevar a cabo el cómputo de la prescripción.Los tres empresarios, contra quienes se dirige la querella por, supuestamente, haber mantenido una relación especial y actuado concertadamente con el principal investigado, el ex viceconsejero de Economía, Rafael Delgado Núñez, sin haber estado interesados en participar activamente en el negocio eólico, niegan tales vínculos con el aludido y sostienen que a través de las empresas en las que participaban como socios sí que estaban interesados activamente en dicho negocio, habiendo intervenido en el mismo como un inversor industrial y no un mero inversor financiero, con vocación de permanencia y aportando importantes y relevantes recursos empresariales, tanto económicos como de otra índole.De hecho, en su escrito conjunto al instructor refieren el origen del grupo Construcciones Llorente S.A (Collosa), con una larga trayectoria en el sector desde su fundación en 1944, así como su proceso de diversificación, a partir de los 80, en el objetivo de obtener sinergias en diferentes actividades, bien a través de Bitrévol Construcción S.L. y Grupo Empresarial Inverduero S.L, esta última vinculada a sectores como el gas y las renovables.Es en el sector de la energía eólica donde recuerdan su entrada en 1999, inicialmente mediante sociedades vehículo--con un coste de 41 millones en la adquisición de participaciones, con fondos adicionales comprometidos por valor de 25 millones--junto a socios promotores, habiéndose asociado con las principales empresas energéticas y promotoras de parques eólicos de España (EDP2, Unión Fenosa, Iberdrola, ACS, Preneal y Endesa), y en un segundo momento a través de la promoción de parques en solitario (parques denominados de segunda generación).A un primer periodo de fuerte inversión entre 2009 y 2010 siguió a partir de entonces otro de desinversión, fruto de la crisis económica que afectó al sector inmobiliario y de la construcción y que obligó al grupo empresarial a adoptar un plan de desinversiones y refinanciación, mediante la venta de parques eólicos, para lograr su viabilidad en una situación de alto apalancamiento.Peligran los 275 empleos del grupoLos investigados se quejan de que su "indebida involucración" en el presente procedimiento ha supuesto al grupo empresarial un importante impacto reputacional que se ha traducido, a su vez, en una "importante e injusta pérdida de oportunidades empresariales de toda índole".Así, añaden que este momento la reputación del grupo "sigue en cuestión y, por ende, su viabilidad empresarial y el mantenimiento del empleo, que asciende a 275 personas al cierre del último ejercicio (31/12/2019), está en peligro, lo cual habría de ser tenido en especial consideración.
Al simular que no tenía cobertura, salió del local con el afortunado boleto y con otros sin premio alguno.En ese momento, la camarera llamó a una amiga, quien llegó en un coche y se llevó el boleto; unos 20 minutos después, la joven trabajadora volvió a entrar con los papeles --sin el premiado-- que antes le había dejado el cliente.La víctima guardó los resguardos y después, al comprobar que no tenía el boleto, decidió pedir la paralización del premio, algo que materializó en la mañana siguiente, pero ya después de que la amiga de la camarera se hubiese llevado el boleto e ingresado la cantidad en su cuenta.Durante los tres días siguientes, sacó toda la cantidad y, según dijo una vez comprobado que el premio estaba en su poder, ya no tenía el dinero pues lo había destinado a deudas pendientes.