Además, desde fuentes municipales inducan que debe hacerse "siempre dentro de un límite de distancia que se ha establecido por la normativa estatal, que son los 200 metros desde el domicilio".
Y señala como causa de urgente y extrema necesidad “el caso de personas afectadas por el Covid-19 que vayan a ser hospitalizadas o que deban desprenderse de su mascota por motivos médicos, siempre que no haya sido posible su cuidado temporal por familiar, amigo/a o persona de confianza”. El mismo supuesto se aplicaría con los animales de personas que sean detenidas, hospitalizadas por cualquier otra causa o transeúntes alojados en el albergue municipal. En estos casos los animales serán recogidos por el personal responsable del servicio de recogida y rescata de animales y entregados en el Centro Municipal de Protección Animal para su mantenimiento y custodia hasta que la mascota pueda regresar con su dueño y recibir la atención necesaria.
Desde la Dirección General de Derechos de los animales se quiere trasmitir a las administraciones locales, autonómicas y los cuerpos de seguridad del Estado una serie de recomendaciones y acuerdos que desarrollan el Real Decreto de alarma en lo relacionado con los animales de compañía y sus cuidadores.
Desde la Dirección General de Derechos de los animales del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 se quiere trasmitir a las administraciones locales, autonómicas y los cuerpos de seguridad del Estado una serie de recomendaciones y acuerdos que desarrollan el Real Decreto de alarma en lo relacionado con los animales de compañía y sus cuidadores.
Nueva iniciativa de la Diputación de Valladolid para combatir la soledad en los municipios de la provincia